
El traslado de Daneidy Barrera Rojas, conocida públicamente como Epa Colombia, a la cárcel La Picaleña, en Ibagué, abrió un nuevo debate alrededor de la forma en que se está cumpliendo su condena.
La influencer y empresaria cumple una condena de 63 meses y 15 días de prisión por los hechos relacionados con los daños ocasionados a una estación de TransMilenio. La decisión judicial determinó que debía responder penalmente por esos hechos y, por supuesto, la condena debe cumplirse.
Pero una pregunta diferente comienza a aparecer en la discusión pública: ¿era necesario trasladarla a un complejo penitenciario que maneja niveles de alta y media seguridad?
La Picaleña, oficialmente denominada Complejo Carcelario y Penitenciario con Alta y Media Seguridad de Ibagué, es un establecimiento que alberga personas privadas de la libertad bajo diferentes condiciones de seguridad.
Y aquí aparece el punto que merece análisis.
Cumplir una condena no significa necesariamente que todos los condenados deban estar sometidos al mismo nivel de seguridad. El sistema penitenciario debe clasificar a las personas privadas de la libertad de acuerdo con diferentes criterios, entre ellos su situación jurídica, comportamiento y condiciones de seguridad.
Por eso, más que preguntarnos si Epa Colombia debe estar presa —algo que ya fue determinado por la justicia—, la discusión podría ser otra:
¿El lugar donde está cumpliendo su condena es proporcional a su perfil penitenciario?
No estamos hablando públicamente de una persona condenada por pertenecer a una organización criminal, por narcotráfico, por homicidio o por dirigir una estructura armada. Su condena está relacionada con unos hechos concretos ocurridos durante una protesta.
Eso no significa minimizar lo que ocurrió ni desconocer la gravedad de los daños ocasionados. Una condena penal tiene consecuencias y debe ser respetada.
Pero también resulta legítimo preguntarse si existe una diferencia entre castigar el delito y aplicar condiciones penitenciarias excesivamente restrictivas.
Además, el debate se vuelve todavía más interesante porque Epa Colombia había permanecido anteriormente en la Escuela de Carabineros de Bogotá, un lugar que generó cuestionamientos precisamente por las condiciones especiales en las que estaba recluida.
Si existían razones para considerar que su lugar anterior no era adecuado, el Estado tenía la facultad de trasladarla. La discusión está en determinar si La Picaleña era la alternativa necesaria y proporcional.
Porque cambiar unas condiciones privilegiadas de reclusión por unas condiciones más estrictas puede ser perfectamente justificable.
Lo que merece explicación es por qué ese nivel específico de seguridad era necesario en su caso.
La justicia no puede funcionar a partir de simpatías o antipatías hacia una persona famosa. Epa Colombia no debería recibir un trato especial por ser una figura pública, pero tampoco debería recibir un trato más severo simplemente porque su caso genera una enorme atención mediática.
Y ahí está el verdadero debate.
Una cosa es que Epa Colombia tenga que cumplir su condena. Otra es preguntarnos si la forma en que la está cumpliendo es proporcional a su perfil.
La pregunta, entonces, no debería ser si Epa Colombia merece o no estar presa.
La pregunta debería ser:
¿Estamos ante una medida penitenciaria necesaria o ante una reacción excesiva frente a una persona cuyo caso se convirtió en un fenómeno mediático?
Ese es el debate que debería dar Colombia.